Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO incoada por la ciudadana MARISOL TORRES OVIEDO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-11.277.394, debidamente asistida del abogado LORENZO RAMON ZAVAL ARISMENDI, Inpreabogado N° 117.883, contra su cónyuge, ciudadano OSCAR FELIPE SANCHEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V- 7.504.589.
SEGUNDO: DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, por ante la coordinación de Registro Civil del municipio Bolívar del estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 112, folio vto del 87, de fecha 10 de diciembre del 2010.
TERCERO: Remítase bajo oficio copia certificada de la pres.....