Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la abogado Jahir Giovanna Mota, en su carácter de apoderada actor, contra la sentencia dictada el día 14 de agosto de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual se declaró sin lugar la demanda y, en consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Queda firme el fallo apelado. Se condena al pago de las costas procesales a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil. Remítase en su oportunidad el expediente al tribunal de origen.