Declara
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que DESALOJO han incoado los ciudadanos JOSE FRANCISCO MUJICA ALVARADO y YENNIS ORLEITSA FIGUEROA DE MUJICA contra la ciudadana NAILETH DE JESUS ORELLANA DE DURAN, ambas partes plenamente identificadas en autos, en consecuencia ordena a la demandada, ciudadana NAILETH DE JESUS ORELLANA DE DURAN, a la entrega inmediata del inmueble arrendado libre de bienes y personas.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, NAILETH DE JESUS ORELLANA DE DURAN, al pago de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 1.200,oo) por concepto de cánones de arrendamiento no pagados y correspondientes a los meses de de diciembre del año 2008; enero; febrero; marzo; abril; mayo; junio; julio; agosto; septiembre; octubre, y noviembre del año 2009.
TERCERO: Por la naturaleza del fallo y por aplicación del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada.