DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por la ciudadana CANDIDA ROSA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.551.215, domiciliada en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogado JOSÉ REINALDO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.243. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, de lo esgrimido anteriormente se acuerda otorgar TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE a la ciudadana identificada anteriormente, sobre las bienhechurías que acoge el escrito de solicitud señalado en e.....