este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos ALDO LAUREANO SOCRATES BELISARIO GOMEZ GARRIDO y CLAUDIA ALEXANDRA BEATRIZ GOMEZ GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros.V-12.277.613 y V-12.277.615 respectivamente, el primero de profesión abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº218.193