ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a entregarle directamente a la Ciudadana YESSICA ELIZABETH RODRÍGUEZ VALLES, la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200,oo) semanales en alimentos e igualmente aportará el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de medicina, asistencia médica, aguinaldos y estrenos en el mes de diciembre. No se establece cuota especial para gastos escolares, toda vez que el niño beneficiado cuenta con tan solo un (1) año y seis (06) meses de nacido. Dicha cantidad corresponde al 56.2% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 1.407,00), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad.....