DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de fecha 23 de febrero de 2016 (Folio 289 2da Pieza), que fuera planteado por la apoderada judicial de la parte demandada Abg. María Eugenia Amaya, contra la sentencia de fecha 17 de febrero de 2016 que dictara el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL) interpuesto por el ciudadano JOSE GREGORIO EREU LEIS contra el ciudadano NARCISO ANTONIO GOMEZ.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en toda su extensión la sentencia recurrida, dictada por el referido Tribunal en fecha 16 de enero de 2017.
TERCERO: SE CONDENA en costas del recurso a la parte apelante por mandato expreso del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil con la finalidad de evitar la trasgresión de la norma constitucional que garantiza el.....