DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el Ordinal 6° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por defecto de forma de la demanda (datos de identificación de la Presidenta de la Empresa INVERSIONES NATALE C.A.), opuestas por el Abogado Audy Richard Piña Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.590.103, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 220.820, en su condición de defensor Ad Litem de la Empresa Mercantil INVERSIONES NATALE C.A, inscrita en el Registro Mercantil del estado Yaracuy, bajo el Tomo 16-A, número 9, de fecha 01 de febrero de 2001, con domicilio en la Avenida 8, con Calle 11, Edificio Lóp.....