Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Incompetente para conocer la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA VERBAL, interpuesta por la ciudadana JOSELIN YOLIMAR MUÑOZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-26.079.235, debidamente asistida por el abogado PEDRO JOSÉ CAÑAS MÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 58.234, contra la GIANNINA KARIUSKA DORANTE CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.601.456; todo ello de conformidad con el artículo 1, de la Resolución No. 2023-0001, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha de fecha 24 de mayo del 2023, la cua.....