declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por los Abogados María de los Ángeles Giménez Parra y Carlos Remolina Ventura, en su carácter de Defensora Pública Séptima y Defensor Publico Auxiliar Séptimo adscritos a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy, a favor del ciudadano Endry Izoret Escalona Espinoza, contra la decisión dictada in extenso en fecha 13 de Agosto de 2015, de la celebración de la audiencia de presentación de imputado el día 10/08/2015, por el Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Nº 4 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, e inserta en la causa principal N° UP01-P-2015-003744.