PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Regulación de Competencia ejercido por el abogado en ejercicio BALMORE RODRIGUEZ, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora ciudadano JUAN CARLOS CALDERA CARRILLO, ya identificados, y como consecuencia;
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión emanada en fecha 01 de agosto de 2016 del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, mediante la cual se declara incompetente para conocer el presente juicio y declina el conocimiento de la presente causa de conformidad con el articulo 24 Nº 5 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo o aquella a la cual le corresponda por distribución con Sede en la ciudad Capital Caracas.
TERCERO: COMPETENTE al JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA .....