Ante tal solicitud y vista la posibilidad manifestada por las partes de hacer uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, este Tribunal procedió a declarar PROLONGADA la presente audiencia y, en consecuencia, fija el día VIERNES OCHO (08) DE DICIEMBRE DE 2006 A LAS 9:00 AM, para que tenga lugar su celebración, todo conforme a lo previsto en el artículo 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-