En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y consecuencialmente su HOMOLOGACIÓN; a tal efecto, da por CONSUMADO LA CONCILIACIÓN EFECTUADA, en fecha 27/10/2017 (folios 59 y 60), entre los ciudadanos OMAR JOSE SANDOVAL GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-17.698.977, asistido por el abogado Rómulo Estanga Graterol, Inpreabogado N° 14.571, y los ciudadanos CARLOS EDUARDO QUINTERO YEDRA y YUSTER JOSE PACHECO OLLARVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-21.301.224 y V-14.337.012, representados judicialmente por la abogado Yenny Del Valle Azabache, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-16.363.507, e inscrita en el Inpreab.....