DISPOSITIVA
Es por los referidos fundamentos de hecho y derecho que este tribunal de Juicio 3 del Estado Yaracuy en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: Revoca la medida cautelar sustitutiva de libertad que fuere impuesta a ALIZO WILMER BRICEÑO, y ordena su aprehensión, todo de conformidad con los artículos 262, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de encarcelación al Internado Judicial de San Felipe donde deberá ser recluido una vez efectiva la captura.
SEGUNDO: Se ordena la división de la continencia de la causa, apertúrse cuaderno separado respecto al acusado ALIZO WILMER BRICEÑO desde donde se librarán los oficios respectivos a su aprehensión.
TERCERO: Se ordena librar los oficios respectivos a tal efecto. Notifíquese a las partes.
Se emana un duplicado de la presente a los fines de que repose en el copiador de Decisiones Interlocutorias del Tribu.....