...declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 10/06/2009 por la apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada el 8/6/2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
En consecuencia:
1. Se declara parcialmente con lugar la acción de partición sólo por lo que respecta al vehiculo MARCA: FORD, MODELO: ANDINA, AÑO: 1987, COLOR: GRIS Y ROJO, NUMERO DE PUESTOS: 18 PUESTOS, PLACA: AB3330, SERIAL DE CARROCERIA: AJB3GA52890, SERIAL DEL MOTOR: 6Ci, que fue adquirido durante la unión matrimonial. Por lo tanto, procédase conforme al artículo 780 del CPC al nombramiento del partidor.
No es procedente la pretensión de la actora de que sea objeto de partición un cupo o puesto en la línea "UNION DE CONDUCTORES SAN JORGE".
2. Se declara sin lugar la reconvención propuesta.