En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo alcanzado entre las partes y en consecuencia se declara terminado el presente juicio por ACCIDENTE DE TRABAJO, incoada por el ciudadano LUIS TOMAS LOYO ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº V-7.503.119 en CONTRA del INSTITUTO AUTÒNOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DE ESTADO YARACUY (INVITY). SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. TERCERO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.