este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, solicitada por la ciudadana FRANCYS CRISYARLI MONTES ROJAS, contra el ciudadano YEMBER JOSE CARDENAS, plenamente identificados, a favor del niño EN SU NOMBRE Y REPRESENTACION DE SU MENORES HIJOS CUYOS NOMBRES SE EMITEN POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA - todo de conformidad con lo establecido en el articulo 367 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Se declara cerrada la causa y se ordena el archivo del expediente, una vez firme la presente sentencia. Tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado. Publíquese en la página Web de este Juzgado, regístrese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.