DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos MAIRA ALEJANDRA TEJERA CAPOTE y DANNY MANUEL GÓMEZ BLASCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 13.986.656 y 14.337.337 respectivamente. En consecuencia, con respecto a la niña IDENTIDAD OMITIDA, hemos convenido lo siguiente: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la obligación de manutención la madre aportará la cantidad de TREINTA Y UN MIL BOLIVARES (Bs. 31.000,00) MENSUALES. En cuanto a los demás gastos causados por la manutención de los adolescentes, tales como: consultas médicas, medicinas, ropa, calzado, gastos escolares, educación, entre otros, serán cubiertos por ambos padres en partes iguales. Asimismo, el padre aportará la cantidad adicional en los meses de agosto y diciembre.....