En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: Extinguida de pleno derecho la obligación alimentaria que tenía la ciudadana JUANA GREGORIA CARO LINAREZ titular de la cedula de identidad N° V-10.366.712 respecto de sus hijas KATHERINE LORAINE TOVAR CARO, MARIA AUXILIADORA TOVAR CARO, ROSSANA CLARINETH TOVAR CARO y FREDMAR ALEJANDRA TOVAR CARO, por haber alcanzado la mayoridad de edad las ciudadanas KATHERINE LORAINE TOVAR CARO, MARIA AUXILIADORA TOVAR CARO, ROSSANA CLARINETH TOVAR CARO y FREDMAR ALEJANDRA TOVAR CARO Antes identificadas.
SEGUNDO: Ordénese en su oportunidad el archivo del presente expediente.
Regístrese y publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despac.....