Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos LUIS OMAR MARTINEZ LOGGIOVINE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.896.942 y YILENIA NORAIMA CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.101.498, debidamente asistidos por la Abogada LUZ EDDY HERNANDEZ CASTRO, INPREABOGADO Nº 102.812. En consecuencia, en relación a los adolescentes y la niña: Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de 15, 13 y 07 años de edad, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad será ejercida conjuntamente por ambos padres y la guarda y custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la Obligación Ali.....