este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en la presente demanda de fijación de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA, seguido la ciudadana Fiscal Séptimo del Ministerio Público por requerimiento del ciudadano REINALDO ANTONIO REYES RAMIREZ contra la ciudadana YULI MICAELA HERNANDEZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y respectivamente titulares de las cédulas de identidad Nro. 4.526.092 y 7.589.704. No podrá proponerse la demanda nuevamente antes de que transcurra un mes contado a partir de la oportunidad en que sea declarada firme la presente sentencia. Todo de conformidad con los artículos 469 y 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.
Una vez firme la presente decisión, devuélva.....