Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Anulación ejercido por el ciudadano SEBASTIÁN CARRILLO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.075.318 contra "el acto administrativo dictado" por el Instituto Nacional de Tierras en Reunión 411-11, de fecha (19-10-2011), que otorgó "GARANTÍA DE PERMANENCIA AGRARIA Y CARTA DE REGISTRO NUMERO" 2232616322011RDGP. SEGUNDO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.