En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Cobro de Horas Extras interpuesta por el ciudadano JESUS HERNANDEZ HERNANDEZ contra la empresa PEPSI COLA VENEZUELA C.A., ambas plenamente identificadas.
SEGUNDO: SIN LUGAR el pago por concepto de domingos y Días Feriados.
TERCERO: SIN LUGAR el pago por concepto de la cantidad de Trescientos Sesenta Mil Bolívares (Bs. 360.000,00), referente al cheque NO. S-9176000998 de fecha 30-12-2003.
CUARTO: SIN LUGAR el pago por concepto de Diferencia de Pago de Comisiones.
QUINTO: SIN LUGAR el pago por concepto de un día adicional reclamado.
SEXTO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el articulo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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