Esta Corte Superior de la Seccion Penal de Adolescente, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg Ana Edilia Romero Coronel, en su condición de defensora Pública adscrita a la Defensa Pública del Estado Yaracuy y con tal carácter abogada de confianza del adolescente (Identidad Omitida) dictada por el Tribunal de Control No. 2 de la Sección Penal de Adolescente, e inserta en la causa UP01-D-2010-43 agregada a los folios 39 al 42 ambos inclusive y en consecuencia se ratifica en cada una de sus partes el auto apelado en virtud que el mismo fue dictado conforme a las previsiones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente en concordancia con las normas previstas en el Código Orgánico Procesal Penal.