este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO incoada por la Abogada ROCIO ARIADNA YANEZ DE MUJICA, inscrita en el INPREABOGADO Nº 102.551, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano YOLMAN OCTAVIO GARCIA DEL MORAL, titular de la cédula de identidad Nº 18.303.195, en contra de la ciudadana MARLENES ANTONIA PARRA DOMINGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.270.686. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la ciudadana MARLENES ANTONIA PARRA DOMINGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.270.686, a que restituya al demandante de autos anteriormente identificado, el inmueble ubicado en la Avenida Miranda, casa s/n, "Mapora", Caserío Obontico, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracu.....