DECLARA
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la presente SOLICITUD DE DECLARATORIA DE NACIMIENTO interpuesta por la ciudadana CONSTANZA ELVIRA HERNÁNDEZ RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.810.831 todo ello de conformidad con el artículo 3, de la Resolución Nº 2009–0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 18 de marzo de 2009 y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de abril de 2009.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, a los fines de su respectiva distribución.
TERCERO: SE ORDENA remitir las presentes actuaciones; una vez quede firme la presente decisión, tal como lo establece el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.