DISPOSITIVA
Por las razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Parcialmente CON LUGAR el recurso de apelación formalizado por las abogados NADEXA CAMACARO CARUCI y BELKYS SUSANA PUERTAS MOGOLLON, quienes actúan con el carácter de Fiscal Décima Segunda Principal y Auxiliar respectivamente del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, contra la decisión emitida en fecha 20 de Octubre de 2017, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 3 Itinerante de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el número UP01-P-2013-002321. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por la a-quo en fecha 20 de Octubre de 2017, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 3 Itinerante de este Circuito Judicial Penal, en consecuenc.....