Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve EJECUTAR LA SENTENCIA definitivamente firme dictada contra OMAR ALEJANDRO JUCO MOLINA, plenamente identificado, en los términos ya señalados, debiendo en consecuencia el sancionada, cumplir con la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, conforme a lo dispuesto en los artículos 626 y 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, diarícese, regístrese, notifíquese. Fíjese oportunidad para la celebración de la audiencia correspondiente. Cúmplase.
La Juez,
Abg. Myriam Rojo de Arámbulo
La Secretaria,
Abg. Mirnis Marioli Hernández