En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la Sentencia producida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy que decidió la interdicción Con Lugar de la ciudadana LUCY MORALES ROCHA, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-12.936.319, designándose como Tutora Definitiva a la ciudadana ESPERANZA MORALES ROCHA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.654.572, quien es hermana de la entredicha.
Se ordena registrar la presente decisión en la Oficina de Registro Público respectiva y publicarse de conformidad con los artículos 414 y 415 del Código Civil.