Mediante la cual, una vez verificadas las actas procesales, se acordó conforme a lo solicitado y se procedió a homologar el desistimiento de la acción contra la ciudadana GIOVANNA SINDONI SGRO, manteniendo plena vigencia la acción contra la empresa Molinos Venezolanos, C.A., (MOLVENCA). Ratificándose la continuidad del lapso de comparecencia para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Así se Establece.-