En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en sede de asuntos de alimentos, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, incoada por el ciudadano YONNY DAVID MENDOCA VASQUEZ, a favor de su hijo identidad omitida, en contra de la madre, ciudadana DIARLIS ANDREINA BLANCO GALENO; SEGUNDO: VEINTIOCHO MIL BOLIVARES (Bs 28.000,00) mensuales fraccionados en SIETE MIL BOLIVARES (Bs 7.000,00) semanales, por concepto de PENSIÓN DE ALIMENTO, y la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs 80.000,00) para la compra de ropa y calzado en el mes de diciembre de cada año por concepto de AGUINALDO; así mismo me comprometo a cancelar la mitad de los gastos médicos y de medicina según récipe e indicaci.....