CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en fecha 12 de abril de 2007 contra la sentencia dictada el 22 de marzo de 2007 por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En consecuencia:
1. Se fija el monto de la pensión alimentaria en la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,oo) mensuales, repartido en partes iguales entre cada adolescente.
2. Por concepto de útiles escolares se mantiene la cantidad fijada por el a quo de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,oo), repartido en partes iguales entre cada adolescente.
3. Por concepto de cuota extraordinaria de gastos navideños se fija la cantidad de quinientos mil bolívares (Bs. 500.000,oo), repartido en partes iguales entre cada adolescente.
4. El atraso injustificado en el pago de la pensión de alimentos causará intereses a la rata del 12% anual.
5. Deposítese las cantidades fijadas en esta sentencia en cuenta banca.....