Establecido lo anterior, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, presentada por la parte actora, ciudadano JORGE GABRIEL TORREALBA CARIÑO, asistido del abogado AFRANIO PEREZ OROPEZA, por DESALOJO DE INMUEBLE, en contra del Fondo de Comercio "AGROPECUARIA LA SURTIDORA", en la persona de su representante legal, ciudadana JULIA ORTEGANO de SEQUERA, todos antes identificados, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se declara terminado el presente juicio. Archívese expediente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho. En San Felipe a los nueve (09) días del mes de julio de 2009. Años: 199° y 150°.