este Juzgado de Los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR: LA CONVERSIÒN DE SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos PEDRO JOSE SUAREZ PEREZ Y CRISTELA FERMINA YOVERA SIRA, ambos venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad No. 7.592.406 y 12.728.632, respectivamente y en consecuencia de conformidad con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ellos, el día Doce (12) de Mayo del año 2007, por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, según Acta Nº 16.