Por todos los argumentos precedentes, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE seguida por la ciudadana PASTORA SEIVA AGUILAR, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JUAN RAMON CASTILLO, contra la ciudadana MARIA LEONOR MORA, todos identificados anteriormente.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada, ciudadana MARIA LEONOR MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.524.550, y de este domicilio, hacerle entrega al demandante ciudadano JUAN RAMON CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 814.214 y de este domicilio, el inmueble objeto de esta demanda ubicado en la Avenida principal del Barrio Las Brisas, en el Municipio Independencia del Estad.....