Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos BRAULIO PADILLA OROPEZA y MAIRA ALEJANDRA GALEANO VELASQUEZ, plenamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Independencia del estado Yaracuy, hoy Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, en fecha 03 de diciembre del año 1.999, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 166, cursante al folio 5 del expediente.
Este Tribunal de conformidad con lo.....