DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos WILMER LEOPOLDO MEDINA HERNÁNDEZ y JOSELITH ESPERANZA TORTOLERO HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 12.078.567 y 17.073.867 respectivamente, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil.
En cuanto a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE,., de 8 años de edad, este Tribunal establece: PRIMERO: Ambos padres ejercerán conjuntamente la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza. SEGUNDO: La Custodia la ejercerá la madre. TERCERO: En cuanto a la obligación de manutención, el padre deberá aportar la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) MENSUALES, que serán entregados a la madre. Asimismo, el padre deberá aportar la cantidad adicional de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), en el mes de agosto para útiles escolares y e.....