Declara: HOMOLOGADO EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, quedando establecido que el ciudadano: YORMAN ALDEMARO OLIVEROS MELENDEZ, ofreció aumentar la PENSIÓN DE ALIMENTO de sus hijos los niños identidad omitida a partir del presente mes en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES / TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 300.000,00 / Bs. F. 300,00) mensual, fraccionados quincenalmente en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES / CIENTO CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 150.000,00 / Bs. F. 150,00); en comprarles los UTILES ESCOLARES en el mes de septiembre de cada año de acuerdo con la lista escolar estimados en la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES / QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 500.000,00 / Bs. F. 500,00); en pasarle la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLIVARES / SETECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 700.000,00 / Bs. F. 700,00) en el mes de diciembre de cada año para la compra de ropa y calzado por concepto de AGUINALDOS; en costear conjuntamente con la .....