acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido: Que la ciudadana: ERIKA MERCEDES GUTIERREZ PEREZ, convino totalmente en lo Ofrecido como Obligación de Manutención por el padre de su hijo identidad omitida, por lo que estuvo de acuerdo en que le depositara en la Cuenta de Ahorro que se aperturará en BANFOANDES por orden del Tribunal, a partir del mes en curso la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 200,00) mensual por concepto de Pensión de Alimento; la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 200,00) por concepto de Útiles Escolares, en el mes de septiembre de cada año; la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 300,00) para la compra de ropa y calzado en el mes de diciembre de cada año, por concepto de Aguinaldos. Igualmente acordó con el padre de su hijo, que cubra en su totalidad los g.....