este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA CONVERSIÒN DE SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos YONMAR ALONZO PUERTAS PARADES y SOBEIDA RODRIGUEZ JIMENEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 13.503.102 y V- 18.053.060 y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO contraído por ellos el 13 de DICIEMBRE de 2.008 ante la Coordinadora deL Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según Acta Nº 117, Folio 346 del año 2008.