Esta Corte de Apelación del Estado Yaracuy, en atención a los vicios de orden constitucional y legal referidos al debido proceso y al derecho a la defensa, esta Instancia Superior Anula el auto de fecha 01 de Noviembre de 2011, dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de control No. 2, de la Sección Especializada Penal de Adolescentes, inserta en la causa principal UP01-P-2011-587, a los folios 32 al 41 ambos inclusive, la Pieza 1 y los actos subsiguientes a la celebración de la misma, por lo que se retrotrae la causa al estado de celebrarse nuevamente la Audiencia Preliminar, por un Juez distinto al que celebró el acto anulado con la prescindencia del vicio denunciado, pero además se exhorta al Juez de Control que haya de celebrar el acto procesal, a garantizar el cumplimiento de los postulados establecidos en el artículo 573 de la Ley especial, es decir poner a disposición de las partes las actuaciones y evidencias recogidas en la investigación, para que puedan ex.....