este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, seguida por el Abogado JAVIER ACEDO quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 53.699., y quien se desempeña como funcionario adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, en su carácter de Abogado asistente de la ciudadana ONEIDA OROPEZA DE YOVERA, portadora de la cédula de identidad Nº 3.911.064, por falta de interés de la parte solicitante, al haber rebasado el término de la perención.