DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: NELSON ENRIQUE RINCON QUINTERO y CARMEN ELENA MEDINA INOJOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.083.233 y V-14.337.081 respectivamente, asistidos por la abogada CARMEN ELENA ARCIA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 23.468. Por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 24 de Agosto de 2006, por ante el Registro Civil de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, según acta de matrimonio inserta bajo el Nº 39 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado para el año 2006.
No hay pronunciamiento en relación a hijos por cuanto no fueron procreados, ni en cuanto a la liquidación de los bienes gananciales, por la manifestación de los solicitantes que no fueron adquiridos bienes que liquidar.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellad.....