Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación ejercido por la ciudadana María del Carmen Porto Bermúdez, en su carácter de presidenta de la sociedad mercantil Taller Rectificadora Crochez & Porto, C.A., contra la decisión de fecha cuatro (4) de marzo de dos mil dieciséis (2016), mediante la cual esta Alzada declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana María del Carmen Porto Bermúdez, en su carácter de presidenta de la sociedad mercantil Taller Rectificadora Crochez & Porto, C.A., contra la decisión de fecha 13 de diciembre de 2013 proferida por el Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor De Medidas e Itinerante De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Banca.....