Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: ALONSO REY BRETON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.810.645, domiciliado en el Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del I.N.T.I el cual se encuentra ubicado en el Kilómetro 31 del Asentamiento Campesino la Palma de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno comprende una área total de terreno de TRES MIL CINCUIENTA y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (3.058,80 Mts2)