DISPOSITIVA
En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución declara: PRIMERO: Ejecutada la sentencia definitivamente firme de fecha 03 de Noviembre del año 2.005 en los términos expresados conforme al artículo 479 1° numeral del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se impone del cómputo de pena aquí realizado. TERCERO: Se acuerda el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad. CUARTO: Se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de este Estado a los efectos de que le sea practicado al penado el informe psicosocial. QUINTO: Se designa al penado de autos correo especial a los fines de que retire y consigne por ante este Tribunal Segundo de Ejecución Certificación de Antecedentes Penales. SEXTO: se insta a la Defensa Pública Quinta a los efectos de que se sirva consignar por ante este Despacho Constancia de Residencia debidamente expedida por la Alcal.....