CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud Fiscal y Califica la aprehensión de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, anteriormente identificados, como Flagrante, por su presunta participación en el hecho delictivo imputado por la representante Fiscal Novena para IDENTIDAD OMITIDA los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, el delito de FALSEDAD DE DOCUMENTO, previsto en el articulo 319 Código Penal, por cuanto al momento de ser detenido presenta una cedula falsa y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE .....