CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto por la ciudadana Belkys Maybel Brito de Méndez, por el presunto error judicial y fraude procesal que atenta contra las garantías constitucionales al debido proceso y a la defensa, contenidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra decisión dictada en fecha 26/7/2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el expediente Nº 12.299, con ocasión del juicio que por querella interdictal por despojo, sigue el ciudadano Juan Carlos Paradas M., contra la mencionada ciudadana, que declaró con lugar dicha acción y ordenó la restitución del inmueble objeto de litigio al querellante. En consecuencia, se declara nula y sin efecto la decisión dictada en fecha 26 de julio de 2004 por el referido Juzgado, en virtud de que las partes deberán ejercer los medios ordinarios conforme al convenimiento celebrado p.....