Este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano: "BENJAMIN TADEO BOLIVAR NIAZOA", llevada bajo el Nº 593, por ante la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1968. En tal sentido de que donde aparezca el siguiente error y sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Identificaron a la progenitora del solicitante, en su partida de nacimiento así : PETRA DEL SOCORRO NIAZOA, o sea le escribieron mal el apellido de su progenitora, siendo esto totalmente incorrecto, por cuanto lo correcto es: "PETRA DEL SOCORRO NEAZOA".-