DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de la parte querellada y en consecuencia:
1. Se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa.
2. Declara COMPETENTE al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy con competencia en el territorio de los municipios Independencia, Cocorote, San Felipe, Veroes, La Trinidad, Sucre, Manuel Monge y Bolívar del estado Yaracuy, el cual fue creado recientemente según Resolución N° 2007-0013 del 11 de abril de 2007 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
3. Declara la NULIDAD de todo el procedimiento tramitado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta circunscripción.
4. Se REPONE la causa al estado de que el Juzgado de Primera Instancia Agrario se pronuncie sobre la admisión de la presente querella.
Remítase en su oportunidad el expediente al tribunal que resultó competente y copia certificada de esta .....